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Trafalgar Digital y BRX Payments son aprobadas por ley fintech

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Trafalgar Digital y BRX Payments son aprobadas por ley fintech, por lo que estas compañías ofrecerán a los usuarios mayor confianza con base en un respaldo legal.

Trafalgar y BRX Payments bajo la ley fintech

La Secretaría de Hacienda a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), aprobó bajo la ley fintech, a las fintech Trafalgar y BRX Payments, por lo que ya son cuatro plataformas fintech que tiene este aval para operar bajo este marco normativo recientemente.

Según el Diario Oficial de la Federación (DOF), ambas fintech estarán operando como instituciones de fondos de pago electrónico al amparo de la ley regular las Instituciones de Tecnología Financiera.

En los documentos el Comité Interinstitucional y que son integrados por la CNBV, la Secretaría de Hacienda y el Banco de México aprobaron la solicitud.

Para que ambas compañías puedan iniciar operaciones deben de cumplir o acreditar son las siguientes solicitudes:

  • La sociedad se encuentre debidamente constituida, proporcionando los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.
  • Cuenta con el capital mínimo suscrito y pagado que le corresponda.
  • Sus consejeros y directivos cumplen con los requisitos establecidos en esta Ley y las disposiciones de carácter general que para tal efecto emita la CNBV.
  • Cuenta con la Infraestructura Tecnológica, controles internos necesarios para realizar sus actividades y otorgar sus servicios, así como con las políticas, procedimientos, manuales y demás documentación que conforme a esta Ley y las disposiciones que de ella emanen deban tener.
Trafalgar Digital y BRX Payments son aprobadas por ley fintech
Trafalgar Digital y BRX Payments son aprobadas por ley fintech

BRX Payments, la cual es subsidiada del emisor de vales Broxel, presentó su solicitud para poder operar en septiembre de 2019 pero con el acuerdo establecido, deberá iniciar operaciones en el plazo de seis meses contando a partir de la notificación de la autorización.

En el caso de Trafalgar, se presentó la solicitud en agosto del año pasado.

Por un lado, Trafalgar, ubicada en la Ciudad de México, llega al mercado mexicano con un capital social inicial de 24 millones de pesos; mientras que BRX Payments, con ubicación en la capital, cuenta con cuatro millones 014 mil 116 pesos.

Hasta el momento, de cuatro fintech que han obtenido su autorización oficial para operar bajo la ley, tres son de fondos de pago electrónico: NVIO Pagos, Trafalgar Digital y BRX Payments, mientras que Fundary fue autorizada de manera oficial como institución de fondeo colectivo.

Juan Pablo Graf Noriega, presidente de la CNBV, mencionó que hasta el momento han otorgado alrededor de 10 autorizaciones a plataformas que han estado buscando operar bajo esta ley fintech.

Hasta el momento han entregado un total de 90 solicitudes, sin embargo, no todos los avales que han dado se han publicado en el DOF.

“Ya tenemos más resoluciones, cerca de 10 resoluciones, muchas con condiciones para que sea oficial su autorización… Les llamamos autorizaciones sujetas a condición y todavía no están en el Diario Oficial de la Federación”, declaró el presidente de la CNBV.

Trafalgar y BRX Payments con aval del DOF

En el caso de BRX Payments, el Diario Oficial de la Federación indica lo siguiente:

«Los miembros del Comité Interinstitucional, con fundamento en los artículos 11 y 35, en relación con el artículo 22 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, autorizan la organización y operación de una Institución de Fondos de Pago Electrónico a denominarse BRX Payments, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico, en los términos del planteamiento presentado al Comité.»

El acuerdo anterior se adopta sin perjuicio de las demás autorizaciones que con motivo del acto descrito deban obtenerse de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en términos de las disposiciones aplicables, así como del ejercicio de las facultades atribuidas a la propia Comisión durante el proceso de organización de BRX Payments, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico, en el que se habrán de cumplir todas las condiciones y requerimientos que la propia Comisión le imponga.

«…La entidad cuya organización y operación se autoriza, estará sujeta a:
La denominación de la sociedad será BRX Payments, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico. Tendrá su domicilio social en la Ciudad de México y su duración será indefinida…»

Referente a Trafalgar, el documento plantea lo siguiente:

«Los miembros del Comité Interinstitucional, con fundamento en los artículos 11 y 35, en relación con el artículo 22 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera,» autorizan la organización y operación de una Institución de Fondos de Pago Electrónico a denominarse Trafalgar Digital, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico, en los términos del planteamiento presentado al Comité.»

El acuerdo anterior se adopta sin perjuicio de las demás autorizaciones que con motivo del acto descrito deban obtenerse de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en términos de las disposiciones aplicables, así como del ejercicio de las facultades atribuidas a la propia Comisión durante el proceso de organización de Trafalgar Digital, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico, en el que se habrán de cumplir todas las condiciones y requerimientos que la propia Comisión le imponga.

«…La entidad cuya organización y operación se autoriza, estará sujeta a las siguientes:
La denominación de la sociedad será Trafalgar Digital, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico, tendrá su domicilio social en la Ciudad de México y su duración será indefinida…»

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